La senadora nacional por Tierra del Fuego, Belén Monte de Oca (La Libertad Avanza), celebró la obtención del dictamen favorable en el plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General para el proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada.
Video: Senado TV · Plenaria de Asuntos Constitucionales y de Legislación General · 28/10/2026.
Qué dijo Monte de Oca
Durante la reunión celebrada en el Senado, la legisladora explicó que el plenario analizó los cambios introducidos por la Cámara de Diputados en relación con la regulación de tierras rurales. Según destacó, la comisión contó con el quórum necesario y «un buen número de senadores» que respaldaron la aceptación de los textos modificados.
Monte de Oca remarcó que las modificaciones incorporadas responden a solicitudes formuladas por sectores de la oposición durante la discusión en comisiones y en la Cámara Baja. «Al haberla incorporado y aceptado, va a ser solamente un trámite el hecho de llevarlo al recinto y aprobarlo por fin», afirmó al referirse al tratamiento definitivo de la iniciativa.
Asimismo, la senadora señaló que la restitución de los límites a la compra de tierras por parte de extranjeros restituye disposiciones de la normativa de 2011, fijando un tope general del 15 % para la propiedad de tierras rurales en manos de personas físicas o jurídicas de nacionalidad extranjera, así como restricciones específicas en zonas de frontera y cuencas hídricas.
Qué establece el proyecto
La iniciativa, tramitada bajo el expediente PE-13/2026, fue enviada al Congreso por el Poder Ejecutivo Nacional e impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado. El texto modifica el régimen de expropiaciones de la Ley 21.499 y agiliza los plazos judiciales en los procesos de desalojo de inmuebles. A su vez, deroga el artículo 154 del decreto 70/2023 para restablecer la plena vigencia de la Ley 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.
- Limita la declaración de utilidad pública a fines específicos y fija la indemnización en base al valor objetivo de mercado.
- Abrevia los plazos judiciales para ordenar la restitución de propiedades usurpadas.
- Restablece el Registro Nacional de Tierras Rurales y el Consejo Interministerial de Tierras Rurales.
Contexto
El Senado aprobó la iniciativa en general el 7 de agosto de 2026, luego de retirar las modificaciones a la normativa de tierras rurales y al manejo del fuego. Posteriormente, la Cámara de Diputados aprobó el texto con cambios el 21 de octubre de 2026 por 124 votos afirmativos, 119 negativos y 6 abstenciones. El tratamiento de este articulado se reactivó tras sucesivos fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación vinculados a la vigencia del decreto 70/2023 y la aplicación de la Ley 26.737.
Qué sigue
El plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General pasó a la firma el despacho que acepta las modificaciones introducidas por la Cámara Baja. Una vez reunidas las firmas reglamentarias requeridas para formalizar el dictamen de mayoría, el texto quedará habilitado para su tratamiento definitivo en el recinto del Senado.
