La Ley 27828 modifica el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas, estableciendo nuevos requisitos para acceder a las bonificaciones y redefiniendo el esquema del recargo que financia el régimen.
¿Qué modifica la Ley 27828 sobre los subsidios de gas?
La Ley 27828 sustituye las normas del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas. Dispone compensaciones a empresas proveedoras por ventas en la Región Patagónica, el departamento de Malargüe en Mendoza y la Puna. Además, financia la venta de garrafas y cilindros en esas zonas, y otorga una bonificación adicional por Zona Fría para usuarios residenciales inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados en subzonas bioambientales específicas.
¿Cuáles son los requisitos para recibir la bonificación adicional?
Para acceder al beneficio adicional en las subzonas contempladas, los hogares deben registrar ingresos netos iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales para un Hogar 2 según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). También pueden acceder si un integrante posee Certificado de Vivienda Familiar del Registro Nacional de Barrios Populares, Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o Certificado Único de Discapacidad evaluado por la Secretaría de Energía.
¿Cómo se financia el régimen y hasta cuándo estará vigente?
El Fondo Fiduciario se constituye con un recargo de hasta el siete coma cinco por ciento sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte. Quedan exceptuadas las exportaciones y el gas natural licuado importado y regasificado. La percepción se declara ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). La norma faculta al Poder Ejecutivo a modificar dicho recargo y establece la vigencia del régimen hasta el 31 de diciembre de 2031.
Norma: RÉGIMEN DE ZONA FRÍA Ley 27828, publicada en el Boletín Oficial del martes 13 de octubre de 2026.
Todos los cambios de esa edición: El Gobierno modificó el régimen de subsidios de gas para la Zona Fría y otros 4 cambios del Boletín Oficial.
