En un acto de prestidigitación legal el presidente Javier Milei promulgó las leyes de Financiamiento Universitario y de Emergencia Pediátrica, solo para suspender su aplicación en el mismo acto. La decisión anula el poder legislativo y configura un peligroso avance sobre la división de poderes.
En un día que debería haber marcado un avance en dos áreas sociales críticas —la salud infantil y la educación superior—, el Gobierno Nacional optó por el cinismo institucional. La publicación de los decretos 759/25 y 760/25 este martes representa una de las maniobras más graves contra el sistema republicano desde la restauración de la democracia.
El Poder Ejecutivo, formalmente, «promulgó» la Ley de Financiamiento Universitario (27.795) y la Ley de Emergencia Pediátrica (27.796), ambas aprobadas por amplias mayorías en el Congreso de la Nación. Sin embargo, en el mismo texto, suspendió su ejecución sine die.
Este acto no es una simple diferencia administrativa; es un vaciamiento deliberado de las facultades del Congreso.
La Constitución Nacional es clara: cuando el Poder Legislativo sanciona una ley, el Presidente tiene dos caminos: vetarla (total o parcialmente) o promulgarla. Si la veta, el Congreso tiene la potestad de insistir con dos tercios de los votos. Si la promulga, la ley entra en vigencia.
Lo que ha hecho el presidente Milei es crear una tercera vía inconstitucional: un veto de facto encubierto de promulgación.
El Fraude a la Constitución
La justificación del Gobierno se ampara en el artículo 5° de la Ley 24.629 (Ley de Administración Financiera), que supedita la ejecución de gastos a la existencia de partidas presupuestarias.
Es aquí donde reside el núcleo del conflicto de poderes. El Gobierno está utilizando una ley administrativa de rango inferior para anular la aplicación de dos leyes sustantivas aprobadas por el órgano que representa la voluntad popular.
Al promulgar las leyes, el Ejecutivo agotó su capacidad de veto. La ley ya es ley. La suspensión unilateral de sus efectos mediante un decreto reglamentario es, en la práctica, una derogación. El Poder Ejecutivo no tiene facultades para derogar leyes; esa es una atribución exclusiva del Congreso.

Esta maniobra es un desprecio absoluto al debate democrático. ¿Para qué sirven las comisiones, las sesiones y las votaciones en el Congreso si el Presidente puede, con la firma de un decreto, convertir una ley de la Nación en «letra muerta»?
El Debilitamiento del Sistema Democrático
Esta decisión no es un hecho aislado. Se inscribe en una larga saga de conflictos entre el Ejecutivo y el Legislativo que comenzó con el DNU 70/2023 y las tensiones por la «Ley Ómnibus». Lo que se consolida es un modelo de gobierno que busca evitar los controles republicanos.
Cuando un presidente decide qué leyes se aplican y cuáles se «suspenden» según su propia discrecionalidad presupuestaria, el Congreso queda reducido a un rol testimonial.
El argumento del «déficit cero» se ha transformado en un instrumento para justificar el desconocimiento de la Constitución. La emergencia pediátrica, que busca recomponer salarios de médicos y asegurar insumos básicos, y el financiamiento universitario, que intenta paliar la asfixia de las altas casas de estudio, fueron producto de un consenso político y social que el Presidente decidió ignorar.
La suspensión de estas leyes no es una medida de austeridad; es un acto de suma del poder público. Hoy, la separación de poderes en Argentina se encuentra suspendida, al igual que las leyes que debían proteger a nuestros niños y nuestras universidades.
